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La prueba pericial civil tras el Real Decreto-ley 6/2023: claves prácticas y consolidación jurisprudencial

Actualizado: 7 jul

Por Miguel Guerra Pérez | Abogado procesalista


Prueba pericial civil

¿Qué es la prueba pericial y por qué su reforma es relevante? Claves de la prueba pericial civil.

La prueba pericial constituye un medio esencial en los procesos civiles para aportar al juzgador conocimientos técnicos, científicos o artísticos que escapan a su saber.

Su regulación está contenida en los arts. 335 a 352 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

Sin duda son dos los grandes problemas de la pericial: los momentos de su aportación y la vlaoración errónea que puedes hacer sus Señorías y cómo combatirla.

En relación con el primer tema, ha sido una constante desde el año 2000 las modificaciones legislativas que han tratado de concretar los momentos de su aportación persiguiendo varios objetivos que no siempre se ha conseguido: que cuanto antes la oericiales obrasen en autos porque dada l complejidad de esta prueba

aprobación del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, ha introducido reformas sustanciales en la forma de presentación, tramitación y valoración de la prueba pericial, incorporando también el uso estructurado de medios telemáticos.



  1. Principales novedades de la pericia tras el Real Decreto-ley 6/2023

1.1 Celebración telemática de vistas y comparecencias:

El art. 129 bis LEC establece que las actuaciones judiciales se celebrarán preferentemente por videoconferencia, salvo que impliquen declaraciones personales. Los peritos pueden intervenir desde sedes seguras o juzgados de su demarcación.

2.2. Nuevo régimen de provisión de fondos:

El art. 342 LEC exige que el perito judicial presente un presupuesto. Si no se consigna la provisión en plazo, el perito queda exento de dictaminar.


3. Plazos de aportación de dictámenes periciales

• Regla general: con la demanda o contestación (art. 265.1.4º LEC).

• Plazo máximo: cinco días hábiles antes de audiencia previa o vista (art. 337.1 LEC).

• Excepciones: hechos nuevos (art. 286), alegaciones en audiencia (art. 426.5), iniciativa judicial (art. 429).


4. Perito judicial vs. perito de parte

El perito judicial suele valorarse como más imparcial, pero el perito de parte permite mayor control y alineación con la estrategia procesal.

“Debe ponderarse la competencia del perito y su objetividad, lo que puede llevar a dar más crédito al designado judicialmente” (STS 615/2016).


5. La figura del testigo-perito: una frontera difusa

No debe confundirse con un verdadero perito: no se puede usar esta figura como vía para subsanar irregularidades procesales.

“El testigo-perito es infungible por su relación directa con los hechos, pero no puede utilizarse para introducir periciales extemporáneas” (STS 588/2014).


6. Consejos prácticos para el litigador

• Anticipar la pericial y no agotar los plazos sin justificación.

• Anunciar el dictamen si se tiene derecho a justicia gratuita.

• Considerar el uso conjunto de perito judicial y de parte en ciertos supuestos.

• Preparar intervenciones telemáticas con antelación.

• Proponer testigo-perito sólo en casos realmente adecuados.


Conclusión

La reforma del 2023 ha consolidado un marco más moderno y flexible para la práctica de la prueba pericial civil. Sin embargo, también exige mayor rigor técnico y dominio procesal. Un manejo experto de los plazos, requisitos y estrategias determinará su eficacia probatoria.

 
 
 

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